Una carta normativa establece que las aseguradoras deberán responder reclamaciones como si la cubierta estuviera vigente entre el 31 de marzo y el 30 de abril de 2026
SAN JUAN, Puerto Rico – La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico emitió la Carta Normativa CN-2026-376-D para garantizar la continuidad de la cubierta del Seguro de Responsabilidad Obligatorio (SRO) durante el periodo de extensión decretado por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), comprendido entre el 31 de marzo y el 30 de abril de 2026.
La directriz dispone que las aseguradoras deberán mantener vigente la cubierta del SRO durante ese periodo y atender las reclamaciones correspondientes como si el marbete no hubiera expirado. La medida responde a la extensión otorgada por el DTOP para la renovación de licencias de vehículos y marbetes.
El documento establece que el asegurador que proveía la cubierta al 31 de marzo de 2026 será responsable de mantenerla durante la extensión. Además, se indica que, una vez concluido el periodo, los asegurados deberán renovar sus marbetes y pagar la prima correspondiente al nuevo término para continuar con la cubierta.
La normativa también define que la renovación del SRO para el periodo 2026-2027 será retroactiva al 1 de abril de 2026 en los casos aplicables, sujeto a la extensión establecida por el DTOP. Asimismo, advierte que los vehículos cuyos marbetes hayan expirado antes del 31 de marzo de 2026 no estarán cubiertos por esta extensión.
El texto detalla prácticas consideradas desleales, como denegar cubierta o negarse a pagar reclamaciones ocurridas durante el periodo de extensión bajo el argumento de falta de pago de la prima del próximo periodo. En estos casos, la Oficina del Comisionado de Seguros podrá imponer sanciones conforme al Código de Seguros de Puerto Rico.
La carta también establece responsabilidades para la Asociación de Suscripción Conjunta y dispone que, si el asegurado no renueva dentro del periodo extendido, el vehículo quedará sin cubierta del SRO al día siguiente de finalizada la extensión.
Con esta normativa, la Oficina busca asegurar la continuidad de la protección a los conductores y el manejo ordenado de las reclamaciones durante el periodo de extensión.








