Por Miguel Díaz Román
Un alegado fraude que atenta contra el derecho de la ciudadanía a decidir libremente la aseguradora que proveerá su seguro de responsabilidad obligatorio (SRO), ha estado ocurriendo en los pasados años y se descubre cuando llega el momento de presentar una reclamación tras un accidente, y el conductor se entera de que su auto no aparece registrado en el asegurador que seleccionó.
Los detalles sobre el fraude se desprenden de un primer informe parcial de una investigación efectuada por la Comisión de Desarrollo Económico, Servicios Esenciales y Asuntos del Consumidor del Senado, que preside la senadora Gretchen Hau. El informe fue emitido el pasado 30 de agosto.
De acuerdo con fuentes de la industria de seguros, el masivo fraude podría implicar la pérdida de millones de dólares por concepto de primas de SRO para determinadas aseguradoras y una ganancia similar para otras. El monto total de primas anuales generadas por el SRO asciende a $250 millones anuales.
El fraude consiste en cambiar la aseguradora que seleccionó el conductor sin su aprobación o conocimiento. Del informe surge que el fraude se ha detectado en las llamadas “entidades autorizadas”, que son las colecturías, bancos, cooperativas y los Centros Oficiales de Inspección (COI).
Luego de la inspección del vehículo en los COI, los conductores pueden seleccionar la aseguradora que proveerá el SRO y adquirir el marbete en la entidad autorizada de su preferencia. Entre esas entidades figuran los propios COI, que, además de inspeccionar el auto, están autorizados a vender el marbete y el SRO.
No obstante, fuentes vinculadas a la industria de seguros explicaron a este medio que el fraude se podría fraguar en los COI y podría involucrar el pago de incentivos ilegales para que se modifique la selección efectuada por los conductores sobre el asegurador que proveerá el SRO, con el fin de beneficiar a determinados aseguradoras.
Alegadamente, el fraude se efectúa en un formulario que reúne la totalidad de las suscripciones registradas en un mes y que los COI deben entregar a la ASC. Este es un documento adicional al formulario de selección, que es una hoja de papel que contiene el nombre de las aseguradoras que ofrecen el SRO, de las cuales el conductor debe seleccionar una.
Estas aseguradoras son: Antilles Insurance, Cooperativa de Seguros Múltiples, Multinational, Guardian Insurance, Universal Insurance, Mapfre, Triple S Propiedad, Point Guard y la Asociación de Suscripción Conjunta (ASC).
Esta última aseguradora, además de proveer el SRO como una entidad independiente, es también la administradora oficial de ese seguro y quien tiene la responsabilidad de recibir las primas cobradas por las “entidades autorizadas” y distribuirlas entre las aseguradoras, según la selección de los conductores.
La ley 253 de 1995, que estableció el SRO y delegó en la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) el poder fiscalizador del estatuto, autoriza a las “entidades autorizadas” a retener un cargo administrativo de 5 % de cada prima cobrada.
OCS alega no tiene jurisdicción
Sorpresivamente, del informe se desprende que la OCS ha interpretado que no tiene jurisdicción sobre las “entidades autorizadas”, aunque venden el SRO. Incluso, el informe sostiene que la OCS no ha comparecido ante la Comisión. El regulador fue citado para el pasado 8 de julio, tras lo cual solicitó una prórroga de 10 días laborables que venció el viernes 22 de julio y tampoco compareció ante la Comisión.
Según el informe, la OCS se ha negado a ofrecer información estadística para corroborar el fraude y copia de las querellas radicadas en esa oficina por las aseguradoras afectadas. Una de las recomendaciones preliminares del informe es exigir la comparecencia del Comisionado de Seguros, Alexander Adams Vega, a la Comisión y procurar la entrega de la información solicitada.
El informe sostiene que la Asociación de Compañías de Seguros de Puerto Rico (ACODESE) denunció ante la Comisión senatorial que el fraude en el SRO lo cometen “determinadas aseguradoras”. Según ACODESE, las acciones ilícitas no son nuevas ya que en 2016 la OCS emitió órdenes en contra de aseguradoras por pactar el pago de comisiones a “entidades autorizadas”, “para que influenciaran al consumidor al momento de elegir el asegurador del SRO”.
En 2016 la OCS emitió la carta normativa CN-2016-212-AL, la cual confirmó el intento ilegal de determinadas aseguradoras de influenciar para su beneficio el proceso de libre selección de los conductores a través de acuerdos con los operadores de los COI. El documento estableció multas de entre $2,500 y $25,000 por incurrir en las prácticas prohibidas y “anticompetitivas”.
Influencias indebidas en los COI
La carta normativa, que fue suscrita por el Departamento de Hacienda y por el Departamento de Transportación y Obras Públicas (DTOP), señala que una de las conductas ilegales señaladas es que las aseguradoras acordaron con los COI el pago de “una comisión adicional por la venta o promoción del asegurador, con el propósito de influenciar indebidamente al consumidor en el punto de cobro del SRO”.
Este medio solicitó en varias ocasiones una reacción sobre este asunto particular a Roberto Echegaray, presidente de la Asociación de Centros de Inspección, sin obtener respuesta.
De hecho, el DTOP sostuvo que actualmente efectúa una investigación sobre el citado fraude en los COI, según unas declaraciones oficiales emitidas por la agencia y enviadas a este medio por la portavoz de prensa, Lizmarie Cora.
“Tanto en DTOP, como el la Directoria de Servicios al Conductor, estamos constantemente monitoreando las transacciones que se realizan en los centros de inspección. Conducimos una serie de revisiones de seguridad en los centros de inspección de vehículos y atendemos cualquier asunto relacionado a posibles irregularidades de forma confidencial y rápida. Responsablemente debemos limitarnos a indicar que no emitiremos declaraciones adicionales para no afectar el curso de la investigación”, sostuvo el escueto mensaje.
Otra práctica sancionada por la carta normativa fue el uso de «agentes» de promoción para que acudan “a las colecturías de Rentas Internas con formularios de selección previamente marcados”. También se menciona que representantes de las aseguradoras ofrecían a los consumidores artículos de promoción a cambio de que escojan a la empresa que representan o intervenían con los consumidores en fila y les ofrecían llenarle el formulario de selección para marcar la aseguradora que representan.
Este medio supo que en 2016 y antes, varias aseguradoras fueron multadas por la OCS por incurrir en prácticas ilegales relacionadas con el SRO. Entre ellas la desaparecida aseguradora Integrand, la cual se le impuso una multa de más de $500,000.
En 2015 la OCS emitió la carta normativa 2015-189, que estableció los requisitos para que las “entidades autorizadas” pudieran utilizar el formulario de selección y señaló las prácticas prohibidas que pueden impedir a los conductores seleccionar libremente el SRO.
Señalan a Multinational
Según fuentes de este medio, los señalamientos sobre el fraude en los COI fueron presentados ante la Junta de Directores de la ASC, integrada por los presidentes de las aseguradoras que suscriben el SRO. Luego el asunto fue referido por la ASC a la OCS, al DTOP y al Departamento de Hacienda.
“Hasta tanto estas agencias no tomen una determinación final en cuanto a los asuntos bajo su consideración, nos vemos impedidos de hacer comentarios al respecto con el fin de no afectar los procesos ni los derechos de las partes que puedan estar involucradas”, sostuvo la licenciada Lorelli Navarro Martínez, quien es la gerente de administración y suscripción de la ASC.
No obstante, las fuentes indicaron que el desempeño favorable de la aseguradora Multinational en la suscripción del SRO en los COI fue cuestionado en una reunión de la Junta de Directores.
Las quejas incluyeron los casos de conductores que en su formulario de selección habían favorecido a determinada aseguradora como proveedor del SRO, y tras enfrentar un accidente automovilístico, descubren que su proveedor del SRO es otra aseguradora. En muchos de estos casos la aseguradora favorecida por el cambio fue Multinational, según indicó una fuente.
Luis Pimentel, presidente de Multinational, confirmó que el asunto fue planteado, pero aclaró que la aseguradora realiza sus gestiones de negocio dentro del marco de la reglamentación vigente. Agregó que se comprometió con hacer una auditoría, la cual fue efectuada y no arrojó irregularidades.
Culpan a los competidores
Pimentel atribuyó los señalamientos a los competidores de Multinational.
Pero en las estadísticas de la ASC del pasado mes de septiembre surge que Multinational fue seleccionada por 12,966 conductores en los COI, mientras que 122 en bancos; 123 en colecturías y 37 en cooperativas. Los resultados de septiembre ha sido presentados como evidencia de una posible influencia indebida en los COI de parte de la aseguradora, según indicó una fuente.
En reacción a estas cifras Pedro González, vicepresidente de suscripción de autos de Multinational, sostuvo que “eso es lo que se llama una estrategia de mercadeo, que es un asunto interno. Nuestros competidores tienen que estar rompiéndose la cabeza por qué nosotros tenemos esos resultados y ellos no. Pero esto es una cuestión interna y ninguna aseguradora o comercio está divulgando cuáles son sus estrategias para que sus competidores se informen y hagan lo mismo”.
González también dijo que las quejas contra Multinational responden a competidores que no pueden emular el nivel de efectividad de la aseguradora.
Sobre las quejas de conductores que en su formulario de selección habían favorecido a determinada aseguradora y luego descubrieron que su proveedor del SRO es otra aseguradora, González dijo que “eso no lo hacemos nosotros. Si lo hacen los COI, eso es prerrogativa de ellos. Nosotros no tenemos control de lo que hacen los COI, los bancos, las colecturías y las cooperativas”.
Agregó que existe la posibilidad de que los reclamos de cambios de asegurador en los COI respondan a las moratorias decretadas debido a la pandemia y al huracán Fiona. Las moratorias decretadas por el DTOP y la OCS permiten que los conductores que deben renovar su marbete permanezcan un mes adicional con su marbete vencido, lo que implica que la vigencia del SRO también fue extendida.
“Desde 2020 hubo como 10 o 12 moratorias y tuvimos casos aquí de personas que nos seleccionaron a nosotros (Multinational) y nos dimos cuenta de que no nos corresponde a nosotros esa prima por la extensión de cubierta y los referimos gustosamente”, explicó.
El ejecutivo advirtió a los que han realizado los planteamientos contra Multinational que presenten pruebas. “Esas son palabras mayores. Decir que estamos haciendo fraude, pues quien lo diga que presente las pruebas. Si la prueba es real pues se hará lo que corresponda, pero si no tienen la prueba es que está difamando, eso también tienen sus consecuencias”, dijo el ejecutivo.
González respaldó la investigación senatorial y se expresó a favor de proteger el derecho de libre selección de los conductores. “Que caiga contra los violadores el peso de la ley”, sostuvo González.
Continúan las practices ilegales
El informe del Senado revela que ACODESE señaló que actualmente continúan las prácticas ilegales prohibidas por el Código de Seguros y las cartas normativas de 2015 y 2016, y que los actos de fraude para impedir la libre selección de los conductores se realizan con gran “facilidad”.
Sostiene, además, que a pesar de que la OCS tiene exclusiva jurisdicción sobre el negocio de seguros en todas sus vertientes, el regulador ha declarado que no tiene jurisdicción en los COI. La OCS, según indica ACODESE, alega que la jurisdicción en los COI pertenece al DTOP.
La posición de la OCS obedece a que en 2014 se aprobó la Ley 245, que enmendó la ley 253 de 1995, para incluir el formulario de selección y en su artículo 9 estableció una cláusula de penalidades contra las aseguradoras y las entidades autorizadas que impidan el derecho a la libre selección del ciudadano.
Pero en 2015 se aprobó la ley 201 que avaló un dividendo extraordinario en la ASC para entidades sin fines de lucro y, además, enmendó nuevamente ley 253 de 1995, para precisar las conductas anticompetitivas. Inexplicablemente, la medida eliminó las “entidades autorizadas” de la sección de conductas ilegales que había incluido la ley 245 de 2014. La ley 201 fue producto del Proyecto de Senado 1529, radicado por el entonces presidente del Senado, Eduardo Bhatia, y el ex senador José Nadal Power.
Tras la aprobación de la ley 201 la OCS ha interpretado que no tiene jurisdicción sobre las “entidades autorizadas”, aunque ACODESE ha planteado que el Código de Seguros y las cartas normativas de 2015 y 2016 le conceden jurisdicción en los COI debido a que venden el SRO.