San Juan (EFE) – El director ejecutivo de la Comisión para la Seguridad en Tránsito (CST), Luis Rodríguez anunció este jueves un operativo educativo por el final del verano y el Día del Trabajador, que se extenderá hasta al 5 de septiembre, dirigido a frenar el consumo de alcohol entre los conductores de automóviles y motocicletas.
De igual modo, Rodríguez anunció que la CST trabaja en varias iniciativas para fortalecer la aplicación de la Ley 22 de Tránsito, entre ellas, enmiendas a la ley y evalúan iniciar el proceso para el posible desarrollo de una Corte Especializada para Casos de Conductores Ebrios.
«El feriado del Trabajador es una ocasión especial que aprovechan los puertorriqueños para acudir a las playas y otros lugares de interés turístico alrededor de la Isla, lo que suele venir acompañado del consumo excesivo de bebidas embriagantes», indicó Rodríguez.
En este sentido, precisó que «la campaña tiene como enfoque disuadir a los conductores de ejercer la moderación por las consecuencias legales de conducir borracho, lo que conllevaría un arresto y hasta una convicción por tratarse de un delito criminal en caso de un choque fatal».
La Ley 22 de Vehículos y Tránsito dispone que ocasionar alguna lesión corporal o daño permanente a una persona por conducir ebrio conlleva una pena fija de 18 meses de cárcel.
De provocar la muerte de otra persona, es un delito grave que conlleva una pena fija de 15 años en prisión.
Las estadísticas revelan que en 2022 fallecieron 271 personas en choques de tránsito, de las cuales 80, equivalente a un 30%, fueron atribuibles al consumo de alcohol al volante de un automóvil o motocicleta.
La Comisión para la Seguridad en el Tránsito asignó fondos federales para el pago de las horas extras de los policías que estarán haciendo intervenciones para identificar conductores ebrios durante el fin de semana largo.
Ante el aumento de casos de interés público donde el guiar borracho es el factor del choque fatal el titular de la CST ha liderado varios cónclaves para que se enmiende la Ley 22 de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico.
Específicamente los Artículos 7.05 y 7.06, donde establece las penalidades en caso de daño corporal a otra persona (7.05) y en caso de grave daño corporal a un ser humano (7.06), para que un convicto por estos artículos y, -que el mismo sea un conductor reincidente en caso de embriaguez- no cualifiquen para penas alternas.
Otra de las iniciativas que se trabaja es establecer en el Reglamento de Confiscaciones del DTOP, que todo vehículo que sea parte de un choque donde un ciudadano obtenga grave daño corporal por un conductor ebrio sea confiscado y se establezca un gravamen.
Por otro lado, Rodríguez expresó que la CST ausculta la posibilidad de solicitar fondos de la Administración Nacional para Seguridad en el Tránsito (NHTSA, por sus siglas en inglés) para crear una Sala Especializada para Casos de Conductores Ebrios en nuestros Tribunales.