Por Oscar Renta Esteva
Presidente de Owners Risk Insurance Management, Inc.
San Juan, 15 de noviembre de 2021 – La carta normativa CN-2021-304-D 2021, emitida por el Comisionado de Seguros designado, Mariano Mier Romeu, nos presenta la opción híbrida para asegurar condominios, que también le podemos llamar “Full Value híbrido” o “Bare Walls híbrido”.
Esta nueva modalidad consiste, según la carta normativa, en que algunos titulares pueden asegurar sus bienes privativos originales dentro de la póliza maestra del condominio, y otros tienen la alternativa de asegurar sus bienes privativos fuera de la póliza maestra, a través de una póliza personal, o simplemente optar por no asegurar sus bienes privativos.
Donde tenemos una opinión distinta a la carta normativa es sobre cómo se determina la mayoría para escoger una póliza Full Value y la casi ausencia de reglas para la póliza Bare Walls.
La carta normativa parecería favorecer la póliza Bare Walls en la medida en que con solo una mayoría simple se puede escoger esta póliza. En cambio, para seleccionar la póliza Full Value se requiere el voto unánime de los titulares o el voto de dos terceras partes de los titulares que asistieron a la asamblea y, además, dos terceras partes del consejo de titulares.
Por otro lado, la carta normativa no menciona si para la póliza Bare Walls, existe la posibilidad de que un titular o un grupo de titulares solicite a la aseguradora que se incluyan sus bienes privativos originales dentro de la póliza maestra.
Intentemos dar una mirada imparcial al Proyecto 670 de la Cámara de Representantes para enmendar el artículo 62 de la Ley 129 del 2002, o Ley de Condominios. En nuestra opinión, el proyecto debe ser enmendado para ser más neutral y evitar cambios en la interpretación que podría producir la Oficina del Comisionado de Seguros.
La enmienda que propongo iría dirigida a permitir una mayoría simple para seleccionar entre las pólizas Full Value y Bare Walls.
El gobierno no debería inclinar la balanza hacia ninguna de las dos alternativas. Además, el proyecto debería avalar la póliza híbrida al proteger el derecho de cada titular de escoger si asegura o no sus bienes privativos por medio de la póliza maestra.
Referente al requisito de hacer obligatorio para todos los titulares el asegurar los bienes privativos, ya sea dentro de la póliza maestra o aparte, solo debería ser por votación unánime del consejo de titulares.
El gran reto del modelo híbrido para las pólizas de condominios está relacionado con las reglas de suscripción de las aseguradoras.
Las aseguradoras podrían establecer una prohibición en contra de la póliza híbrida, al no suscribir los bienes privativos originales de ningún apartamento dentro de la póliza maestra o al requerir la suscripción de los bienes privativos originales de la totalidad de los apartamentos en la póliza.
Será responsabilidad del consejo de titulares y del productor de seguros hacer un análisis de todas las alternativas, teniendo en consideración la regulación actual, según la que no se puede facturar la proporción correspondiente a los bienes privativos originales a todo aquel titular que no interese asegurar sus bienes privativos dentro de la póliza maestra.
La póliza híbrida para condominios nos parece un modelo de seguros innovador para el Consejo de Titulares, que representará un mayor compromiso para el productor de seguros y para los titulares de condominios, quienes deberán definir con claridad cómo desean asegurar sus bienes privativos.
Sin duda, el reto mayor será poder orientar a los titulares sobre los valores asegurados, las cláusulas de seguros y deberes de todas las partes al momento de presentar una reclamación.