Requisitos, deducciones y consejos clave para una radicación sin contratiempos
La temporada contributiva ha comenzado y miles de residentes en Puerto Rico tienen la obligación de radicar su planilla de contribución sobre ingresos antes del 15 de abril de 2025, tanto a nivel estatal como federal. Para evitar errores y cumplir con las regulaciones, es fundamental conocer las reglas aplicables según el tipo de ingreso, la residencia y las deducciones disponibles.
Quiénes deben radicar la planilla estatal y federal
Toda persona que haya recibido ingresos en Puerto Rico durante el 2024 debe presentar su planilla. En cuanto a la planilla federal, las reglas varían dependiendo de la residencia y el origen del ingreso.
El Colegio de CPA de Puerto Rico explica que los residentes bona fide de Puerto Rico deben radicar la planilla federal solo si reciben ingresos de fuentes en EE.UU.. Sin embargo, quienes no cumplen con los requisitos de residencia en la isla deben reportar todos sus ingresos globales en la planilla federal, lo que se conoce como World Income.
Por ejemplo, si una persona se mudó a los Estados Unidos en abril o mayo de 2024, dejó de ser residente bona fide de Puerto Rico y deberá tributar sobre todos sus ingresos, incluyendo los generados en la isla.
Diferencias entre asalariados y trabajadores por cuenta propia
- Asalariados: Reciben un cheque con deducciones automáticas de Seguro Social, Medicare y Hacienda.
- Trabajadores por cuenta propia: Son responsables de pagar la totalidad de estos impuestos y deben reportar sus ingresos en el Anejo M de la planilla estatal.
Para contratistas independientes, si los ingresos anuales superan los $500, el pagador debe retener 10% (o 6% con relevo de Hacienda). Si no se realizan retenciones, el contribuyente deberá asumir la totalidad del pago en abril, lo que puede representar hasta un 25% del ingreso neto en contribuciones estatales y federales.
Además, los trabajadores por cuenta propia deben presentar la forma 1040-SS para reportar y pagar 15.3% del ingreso neto correspondiente a Seguro Social y Medicare.

Crédito por trabajo y deducciones aplicables
El Crédito por Trabajo en Puerto Rico otorga entre $1,700 y $7,000, dependiendo del nivel de ingresos. Además, los contribuyentes pueden aprovechar deducciones en sus planillas, tales como:
- Celular e internet para fines de negocio.
- Millaje y mantenimiento de vehículo (60 centavos por milla en Puerto Rico, 67 centavos en la federal).
- Gastos de comida y viajes (25% deducible en la estatal, 50 % en la federal).
El Colegio de CPA de Puerto Rico advierte que si se aplican demasiadas deducciones en la planilla federal, el beneficio futuro del Seguro Social podría verse reducido.
Reglas sobre dependientes y el Child Tax Credit
El Child Tax Credit federal tiene un límite de $2,000 por menor de 16 años o menos al 31 de diciembre de 2024. Si el menor cumple 17 años antes de esa fecha, no califica para el crédito.
El Colegio de CPA de Puerto Rico recomienda a los contribuyentes asegurarse de que los nombres y números de Seguro Social en la planilla coincidan exactamente con los de sus documentos oficiales, ya que cualquier discrepancia puede causar retrasos en los reembolsos.
En cuanto a los adultos mayores, el Seguro Social no es tributable si es el único ingreso, pero si hay ingresos adicionales, hasta un 85 % del Seguro Social podría estar sujeto a contribución federal. Para verificar si se debe pagar impuestos sobre estos beneficios, el IRS recomienda utilizar la Publicación 915 y completar la hoja de trabajo correspondiente.