San Juan – El fuego reciente en un apartamento de un condominio en Guaynabo pudo haber despertado muchas dudas entre los dueños de residencias sobre sus seguros y las cubiertas que los cobijan.
¿Estoy cubierto por mi póliza? ¿Qué me cubre la póliza? ¿Si mis vecinos se vieron afectados, mi seguro también los cubre? Esas pueden haber sido algunas de las interrogantes inmediatas en la mente de muchas de las personas propietarias o inquilinos, ya sea de apartamentos o casas.
Para aclarar estas y otras dudas, Revista Seguros habló con Aldo de la Guardia, vicepresidente auxiliar de reclamaciones de Universal Group.
¿Cualquier póliza de propiedad cubre fuegos?
El riesgo de fuego es ofrecido en la mayoría de las pólizas de propiedad que mercadea Universal Insurance. La cubierta de fuego es ofrecida automáticamente en nuestras pólizas más amplias como la PPK (Póliza Personal Package) y también se ofrece en el formulario básico residencial DP1. Por lo tanto, podemos establecer que el riesgo de fuego es una de las cubiertas más básica que posee cualquier póliza de propiedad.
¿Las pólizas cubren todo tipo de fuego, por ejemplo, cortocircuitos, velas?
Aunque el riesgo de fuego no está definido en las pólizas, los tribunales han interpretado que lo que se pretende cubrir es el fuego hostil. El fuego hostil lo han definido los tribunales como el fuego que se sale de control de donde se tenía la intención de utilizarse.
Por ejemplo, si se está cocinando un pavo el Día de Acción de Gracias en un horno de gas y el pavo se quemó por dejarlo demasiado tiempo en el horno, el pavo arruinado no estaría cubierto, ya que el fuego no se nos salió del área del horno. Por el contrario, si se nos olvida que teníamos el pavo en el horno y se termina quemando toda la cocina por la definición de fuego hostil, la perdida entonces estaría cubierta.
La mayoría de los fuegos ocurren por problemas eléctricos en nuestras residencias, como los son los cortos circuitos. Pero el fuego también podría surgir por nuestra negligencia o descuido, como sería dejar desatendida la comida en el horno o estufa, por rayos u otros actos de la naturaleza, inclusive hasta por combustión espontánea. Las mayorías de las causas que originan el fuego están cubiertas por nuestras pólizas.
Sin embargo, si el fuego es ocasionado intencionalmente por el asegurado, entonces no estaría cubierto.
¿Qué me cubre el seguro además de los daños físicos? Por ejemplo, alquiler de vivienda provisional o pago de hotel en lo que se hacen arreglos.
No solo nos concentremos en los daños materiales que puede ocasionar un fuego a nuestra residencia y a la propiedad personal dentro de la misma. Un fuego puede fácilmente convertir nuestro hogar inhabitable, ya que lo que no destruye la llama del fuego, lo puede dañar el humo y el agua que se utiliza para apagar el mismo.
Por tal motivo, es importante considerar el poseer una póliza amplia como es la póliza de PPK para cubrir los daños estructurales y de contenido, y a su vez, la pérdida de uso de nuestra residencia. De esta manera se nos reembolsará los gastos relacionados a mudarnos temporeramente a otro lugar mientras se repara lo que consumió el fuego. Este tipo de cubierta también nos reembolsaría los gastos extraordinarios que incurramos mientras nos restablecemos.
¿Si el fuego se origina en mi residencia y afecta otras unidades de vivienda, mi cubierta cubre esos daños?
Debemos considerar la responsabilidad legal que nos pueden imputar por los daños de fuego a nuestros vecinos. Esta sería otra razón adicional de por la cual debemos optar por la póliza más amplia como la PPK. La PPK es una forma que ofrece cubierta de propiedad y de responsabilidad pública bajo el mismo contrato de seguros. De esta manera, la póliza respondería por los daños a nuestros vecinos de encontrarnos responsable del fuego originado en nuestra residencia.