Por Miguel Díaz Román
4 de enero de 2022
El exsecretario de Asuntos Públicos y Política Pública de La Fortaleza, el licenciado Ramón Rosario Cortés, ha solicitado la desestimación de las imputaciones de fraude y otras graves violaciones presentadas por la Oficina del Comisionado de Seguros (OCS) contra dos empresas relacionadas con la industria de seguros porque, alegadamente, esa oficina carece de jurisdicción.
Las alegaciones el licenciado Rosario Cortés para justificar la falta de jurisdicción de la OCS, plantean la presunta ausencia de una reglamentación que evite las acciones arbitrarias de parte de la agencia reguladora. Pero tales alegaciones no abundan sobre las violaciones imputadas a las empresas involucradas que, por su naturaleza y su repercusión en el mercado, se trata de dos casos de gran importancia para la industria de seguros y para los consumidores del país.
El licenciado Rosario Cortés, quien pertenece al bufete Puerto Rico Legal Advisers LLC, es el representante legal del ajustador público Scott M. Favre Public Adjusters LLC, imputado de inflar reclamaciones relacionadas con el huracán María de forma fraudulenta y por lo que la OCS le impuso dos multas que en conjunto suman $30,000.
El abogado ha planteado que la OCS no tiene jurisdicción sobre Scott M. Favre, debido a que la agencia carece de un reglamento que delimite su discreción sobre los procesos de descubrimiento de prueba.
Un argumento similar ha utilizado el abogado en defensa de la representante autorizada de seguros, Alice Meléndez, su padre, José A. Meléndez, y a la agencia general de seguros, Prima Group, a quienes la OCS le imputó graves violaciones al Código de Seguros por medio de un escandaloso esquema de fraude y de un aparente enriquecimiento ilícito en la venta de seguros para condominios.
Como resultado de las imputaciones, la OCS ordenó la suspensión de la licencia de seguros de la representante autorizada y le impuso una multa de $155,000.00. Las sanciones no han entrado en vigor en espera de que finalice el proceso administrativo.
Sin apenas entrar a discutir a fondo las violaciones imputadas a las dos empresas, Rosario Cortés solicitó la desestimación de los cargos por falta de jurisdicción, debido a la ausencia del mencionado reglamento.
Tras sendas vistas administrativas y luego de que la OCS rechazó desestimar los cargos contra las dos empresas por la presunta carencia de jurisdicción, Rosario Cortés elevó sus reclamos al Tribunal de Apelaciones.
A través de dos sentencias ampliamente documentadas el Tribunal de Apelaciones catalogó como “prematuras” las solicitudes de desestimación planteadas por Rosario Cortés, debido a que la OCS no ha emitido una determinación final en estos casos y no se han agotado todos los remedios administrativos a los que la defensa de las dos empresas puede recurrir.
En el caso de Prima Group, imputada de violaciones al Código de Seguros el 14 de enero de 2021, el licenciado Rosario Cortés solicitó al Tribunal Apelativo que revise una determinación interlocutoria emitida por la OCS, que ordenó el descubrimiento de prueba entre las partes en el proceso administrativo.
Prima Group sostiene la OCS viola el debido proceso de ley
El abogado sostuvo que distribuyó una serie de interrogatorios a los funcionarios de la OCS, a los quejosos y a testigos, dirigidos a obtener determinadas respuestas con las que se podrían refutar las alegaciones contra Prima Group y los demás imputados.
Según Rosario Cortés, la OCS propuso y la oficial examinadora de la agencia validó que se prohibieran los interrogatorios a los funcionarios de la OCS, lo que impidió a los recurrentes “descubrir pruebas en manos de terceros para poder defenderse de las alegaciones en su contra”.
Según el abogado, la OCS no tiene jurisdicción en el caso porque carece de reglamento procesal que delimite el ámbito de discreción de la OCS en lo relativo al descubrimiento de prueba, lo que, alegadamente, viola el debido proceso de ley dispuesto por la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme, o ley 170 de 1998.
Específicamente, Rosario Cortés sostuvo que la falta de un reglamento permite que la OCS emita decisiones arbitrarias en la etapa de descubrimiento de prueba.
“La cuestión jurisdiccional se ha echado hacia un lado por la OCS en detrimento de los derechos de los recurrentes. Esta controversia tiene que atenderse con la debida preferencia y sentido de urgencia que amerita. Por el otro lado, se le ha privado a los recurrentes de la oportunidad de realizar un efectivo descubrimiento de prueba que le permita defenderse de la acción que encara y que anuncia sanciones tan graves como la suspensión de la licencia de seguros y multas ascendentes a $155,000.00.”, sostuvo
En su planteamiento ante el Apelativo, presentado el pasado 7 de octubre, el abogado alegó que la OCS pretende impedir que Prime Group obtenga prueba adicional para refutar las alegaciones en su contra, porque la prueba se limitará a la que existe en los expedientes de la investigación.
El 8 de noviembre el Apelativo desestimó la solicitud de Rosario Cortés por falta de jurisdicción, al sostener que no podía revisar la resolución interlocutoria de la OCS porque aún no ha finalizado el proceso administrativo.
Scott M.Favre alega que la OCS no tiene jurisdicción
El proceso administrativo contra Scott M. Favre comenzó el 23 de mayo de 2019, cuando el entonces Comisionado de Seguros, Javier Rivera Ríos, emitió una orden de cese y desista contra el ajustador público por inflar de manera fraudulenta determinadas reclamaciones de sus clientes y le impuso las dos multas ya mencionadas.
La acción de Rivera Ríos respondió a las querellas presentadas por las aseguradoras Integrand Assurance Company, QBE Seguros y Mapfre Praico Insurance Company.
El 31 de mayo de 2019, Scott M.Favre impugnó la orden y solicitó la celebración de una vista administrativa. Rosario Cortés sostuvo que la OCS carecía de jurisdicción sobre el ajustador público porque la agencia no tiene un reglamento procesal para adjudicar controversias, lo que representa una violación del debido proceso de ley.
Además, indicó que el reglamento era necesario para limitar la discreción de la agencia, como requisito previo a iniciar un proceso administrativo y reclamó el derecho a descubrir pruebas.
Después de varias vistas administrativas, en las que Rosario Cortés solicitó a que se ordenara a las partes relacionadas al caso a contestar los interrogatorios que había distribuido y presentar documentos, el abogado argumentó que la OCS no había completado el descubrimiento de prueba y reiteró su solicitud para que los cargos contra Scott M.Favre fueran desestimados.
El 9 de febrero de 2021, el entonces Comisionado de Seguros, Mariano Mier Romeu, emitió una resolución en la que rechazó la solicitud de desestimación y limitó la presentación de prueba por parte de la OCS, a la que ya había sido descubierta. Además, anunció la continuación del proceso administrativo contra el ajustador público.
En respuesta Rosario Cortés indicó que la limitación al desfile de prueba de la OCS no era suficiente e insistió en la falta de jurisdicción de la OCS por la ausencia de un reglamento para dirimir los procesos adjudicativos y abogó por el archivo de la querella.
La OCS se opuso y sostuvo que la ausencia de un reglamento no hace inoperante la gestión de la OCS para hacer cumplir el Código de Seguros. También señaló que a Scott M.Favre se le garantizó el proceso de ley, porque se le entregó la prueba y el listado de testigos que testificará en su contra. Nuevamente, el 20 de mayo del 2021, la OCS denegó la petición de Scott M. Favre.
El 18 de mayo Rosario Cortés acudió al Apelativo con un recurso de revisión, en el que argumentó que la OCS erró al no resolver la cuestión jurisdiccional planteada, relacionada a la ausencia del reglamento para conducir los procesos adjudicativos.
Apelativo catalogó de “inmeritoria” alegación de Ramón Rosario
En otro planteamiento alegó que la OCS erró al denegar la solicitud de toma de deposiciones, lo que lesionó el derecho de Scott M. Favre a un debido proceso de ley, porque le impidió el acceso a un descubrimiento de prueba y al derecho de defenderse adecuadamente.
En una sentencia emitida el pasado 29 de junio, el Apelativo catalogó como “inmeritoria” la alegación sobre falta de jurisdicción de la OCS por la ausencia de un reglamento adjudicativo y advirtió que la falta de ese reglamento no afecta la jurisdicción de la agencia en cumplir las prerrogativas que la ley le confiere.
Sobre la presunta violación del debido proceso de ley, el Tribunal sostuvo que la alegación “carece del peso suficiente” y agregó que Scott M Favre no logró probar que la delimitación del descubrimiento de prueba ordenado por la OCS, al no autorizar la toma de deposiciones, representa una violación que justifique paralizar el trámite administrativo ya iniciado.
Finalmente, el Apelativo concluyó que no tenía jurisdicción para atender la petición de revisión del ajustador público porque aún no ha finalizado el proceso administrativo y la OCS no ha emitido “una resolución final y judicialmente revisable”.