La nueva Regla 111 establece el proceso de licenciamiento y fiscalización de estos intermediarios para mayor transparencia y protección de los asegurados
San Juan, Puerto Rico – La Oficina del Comisionado de Seguros de Puerto Rico (OCS) anunció la adopción de la Regla Núm. 111 del Reglamento del Código de Seguros de Puerto Rico, un paso clave en la regulación del sector asegurador en la Isla. Por primera vez, los Terceros Administradores (Third Party Administrator o TPA), entidades que manejan servicios administrativos y operacionales para las aseguradoras, estarán sujetos a un marco normativo claro y uniforme.
La nueva reglamentación, en cumplimiento con la Ley Núm. 169 de 2024, establece el proceso de registro y licenciamiento de los TPA, así como su supervisión por parte de la OCS. El objetivo principal es garantizar mayor transparencia y responsabilidad en los servicios de seguros delegados a terceros, fortaleciendo la protección de los asegurados.
Mayor fiscalización y responsabilidad
“La aprobación de esta regla representa un paso trascendental en la protección de los asegurados y en la fiscalización efectiva de los Terceros Administradores en el negocio de los seguros”, destacó el Lcdo. Alexander Adams Vega, Comisionado de Seguros de Puerto Rico. “Antes, no existían mecanismos para establecer controles adecuados sobre estas entidades, lo que permitía que errores en la administración de pólizas o reclamaciones quedaran impunes. Con esta regulación, cerramos esa brecha y aseguramos un mayor cumplimiento en beneficio de los derechos de los asegurados”, afirmó.
La Regla 111 incluye varias disposiciones clave:
Licenciamiento obligatorio: Todo Tercero Administrador deberá registrarse y obtener una licencia de la OCS para operar en Puerto Rico.
Supervisión y fiscalización: La OCS tendrá la autoridad para auditar y verificar el cumplimiento de los TPA, garantizando que operen conforme a la ley.
Protección a los asegurados: Se establecen reglas claras sobre la divulgación de servicios contratados, administración de primas y procesamiento de reclamaciones, asegurando transparencia y responsabilidad en los servicios prestados.
Además, la OCS tendrá acceso a los libros y registros de los TPA para auditorías e investigaciones, con la facultad de exigir rendición de cuentas y aplicar sanciones si fuera necesario.
Un nuevo estándar para Puerto Rico
Previo a esta regulación, las aseguradoras podían delegar funciones clave en los Terceros Administradores sin que estos asumieran responsabilidad directa. Con la adopción de la Regla 111, Puerto Rico se alinea con la regulación modelo de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC) en Estados Unidos, estableciendo un marco regulatorio más sólido que refuerza la rendición de cuentas en el sector asegurador.
“Esta reglamentación nos permite garantizar una mayor protección a los consumidores de seguros, asegurando que los servicios delegados a los TPA cumplan con los más altos estándares de transparencia y eficiencia”, concluyó el comisionado Adams Vega.