La medida también propone salas especializadas y requisitos mínimos de capacitación para agentes administradores.
SAN JUAN, Puerto Rico
El Senado aprobó el Proyecto del Senado 1086, dirigido a enmendar múltiples disposiciones de la Ley de Condominios de Puerto Rico para modernizar su administración, fortalecer los procesos de adjudicación de controversias y optimizar la gestión de estos inmuebles.
La medida, de la autoría del presidente senatorial, Thomas Rivera Schatz, y del senador de mayoría Héctor Joaquín Álvarez, establece que el Tribunal de Primera Instancia tendrá jurisdicción primaria y exclusiva para atender disputas relacionadas con condominios. Además, propone la creación de salas especializadas en cada región judicial para atender este tipo de casos.
El proyecto también dispone que los Consejos de Titulares deberán establecer, mediante voto mayoritario, requisitos mínimos de educación o capacitación para la contratación de agentes administradores, con el objetivo de profesionalizar la gestión administrativa.
“Esta medida surge de una cumbre que realizamos aquí en el Senado el pasado 8 de noviembre, y donde este equipo que nos acompaña hoy, personas que elevaron una serie de ideas importantes y entonces surge esta pieza legislativa que tenemos ante consideración. Hoy tenemos la gran oportunidad de hacerle justicia a nuestra gente que vive en los condominios. Esta medida tiene un análisis serio de experiencias acumuladas de nuestra gente, de la agencia y del diálogo con sectores relacionados, incluyendo esa cumbre. No es una improvisación, es una respuesta concreta a un problema real. Tenemos la oportunidad de darle a nuestros conciudadanos un sistema más ágil, más justo y más confiable para atender los conflictos que surgen en su entorno más cercano que es el hogar”, expresó Sánchez Álvarez.
El Senado también aprobó el Proyecto del Senado 774, presentado por petición de la Federación de Alcaldes, para autorizar la congelación del excedente sobre la cantidad recaudada durante el año fiscal 2020-2021 por la contribución sobre la propiedad del 1.03%. El exceso relacionado con ese año base será distribuido a los municipios conforme a la Ley Núm. 53-2021, conocida como Ley para Ponerle Fin a la Quiebra de Puerto Rico.
“Reconociendo los nuevos retos y realidades a las que se enfrentan los municipios, esta Asamblea Legislativa mantiene su compromiso de procurar, a favor de los municipios los poderes esenciales a su subsistencia y sus fuentes de ingreso, así como las facultades que sean esenciales para lograr el bien común y una mejor calidad de vida a sus constituyentes”, establece la exposición de motivos de la medida.







